Descripción del título

El presente estudio versa sobre si en el IRPF la prestación de maternidad de la Seguridad Social debe ser considerada renta exenta o rendimientos del trabajo. Se realiza para ello un análisis de las cinco leyes del impuesto vigentes en los distintos territorios (estatal, de Navarra, de Álava, de Vizcaya yde Guipúzcoa) en el marco de las exenciones previstas para las prestaciones y ayudas a la familia, por orfandad o vinculadas al fomento de la conciliación de la vida laboral y familiar. En referencia a la Ley estatal, se destaca que no haydoctrina unificada sobre el tema y se exponen los argumentos utilizados, a favor y en contra, por los TSJ de Madrid y Andalucía. En cuanto a las normativas de los territorios históricos, se ponen de relieve las diferencias de regulación respecto de la normativa estatal y las particularidades de la cuestión al haberse contemplado de manera específica durante años en Navarra y en Álava que las prestaciones públicas de maternidad configuraban rentas exentas de gravamen. Por último, se proyecta la cuestión respecto de la prestación de paternidad
Analítica
analitica Rebiun23041401 https://catalogo.rebiun.org/rebiun/record/Rebiun23041401 171010s2017 sp || #####0 b|SPA|u IEF 137285 IEF SPA Gómiz Chazarra, Mª Asunción La prestación de maternidad de la Seguridad Social como renta exenta en el IRPF estatal y de los territorios forales ( a propósito de unas sentencias contradictorias ) Mª Asunción Gómiz Chazarra 2017 Disponible en formato electrónico a través de la Biblioteca del Instituto del Estudios Fiscales. Resumen. Bibliografía El presente estudio versa sobre si en el IRPF la prestación de maternidad de la Seguridad Social debe ser considerada renta exenta o rendimientos del trabajo. Se realiza para ello un análisis de las cinco leyes del impuesto vigentes en los distintos territorios (estatal, de Navarra, de Álava, de Vizcaya yde Guipúzcoa) en el marco de las exenciones previstas para las prestaciones y ayudas a la familia, por orfandad o vinculadas al fomento de la conciliación de la vida laboral y familiar. En referencia a la Ley estatal, se destaca que no haydoctrina unificada sobre el tema y se exponen los argumentos utilizados, a favor y en contra, por los TSJ de Madrid y Andalucía. En cuanto a las normativas de los territorios históricos, se ponen de relieve las diferencias de regulación respecto de la normativa estatal y las particularidades de la cuestión al haberse contemplado de manera específica durante años en Navarra y en Álava que las prestaciones públicas de maternidad configuraban rentas exentas de gravamen. Por último, se proyecta la cuestión respecto de la prestación de paternidad Madres PRESTACIONES SOCIALES Impuesto sobre la renta de las personas físicas EXENCIONES TRIBUTARIAS ESPAÑA Revista Quincena Fiscal 90030 n. 15-16, Septiembre 2017, p. 127-157 Revista Quincena Fiscal n. 15-16, Septiembre 2017, p. 127-157