Descripción del título
La primera referencia a la violencia de género en la legislación española se encuentra en la exposición de motivos de la Ley 27/2003, de 31 de julio1. Pero fue la Ley Orgánica 1/2004 la que por primera vez introdujo de forma explícita la perspectiva de género en el ordenamiento positivo al definir la violencia que sufren las mujeres en la pareja como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Esta novedosa incorporación nace en un momento de fuerte polémica en el seno del pensamiento feminista sobre el valor explicativo del término género con respecto a otros conceptos como patriarcado o mujeres. Aunque el debate se produce en otras disciplinas que no son el Derecho -donde sorprende el silencio y la escasa relevancia del feminismo jurídico- parece importante reflexionar sobre tales debates conceptuales y realizar, a partir de ellos, la mejor recepción posible en el sistema jurídico español. Sobre estas bases se gestó el Seminario Internacional "Género, Violencia y Derecho", celebrado en Málaga en el mes de mayo de 2007, del que provienen la mayoría de los trabajos que aquí se reúnen, así como la interesante relación de debates que cierra la obra
Monografía
monografia Rebiun02823669 https://catalogo.rebiun.org/rebiun/record/Rebiun02823669 080923s2008 sp 001 0 spa c V3336-2008 978-84-9876-227-3 UCH 000000476236 ULPGC0547400 UDE 991006428480603351 ICAB0060934 UMH 991000405789706331 UCA (223738) UCAR 991003277179704213 ULL0402489 UCN0292976 UR0294868 UPCO0375276 UCLM0606786 UIB (296381) CBUC 991003331919706706 SpMaUCDE 314.7:343(460) 343.615-055.2 Género, violencia y derecho Patricia Laurenzo , María Luisa Maqueda, Ana Rubio, coordinadoras Valencia Tirant lo Blanch 2008 Valencia Valencia Tirant lo Blanch 461 p. 22 cm 461 p. Tirant lo Blanch. Alternativa INDICE. 1. El valor explicativo del género en la violencia contra las mujeres. -- 2. La sexualidad y violencia de género. -- 3. Mujeres, migración y prostitución. -- 4. El derecho frente a la violencia de género La primera referencia a la violencia de género en la legislación española se encuentra en la exposición de motivos de la Ley 27/2003, de 31 de julio1. Pero fue la Ley Orgánica 1/2004 la que por primera vez introdujo de forma explícita la perspectiva de género en el ordenamiento positivo al definir la violencia que sufren las mujeres en la pareja como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Esta novedosa incorporación nace en un momento de fuerte polémica en el seno del pensamiento feminista sobre el valor explicativo del término género con respecto a otros conceptos como patriarcado o mujeres. Aunque el debate se produce en otras disciplinas que no son el Derecho -donde sorprende el silencio y la escasa relevancia del feminismo jurídico- parece importante reflexionar sobre tales debates conceptuales y realizar, a partir de ellos, la mejor recepción posible en el sistema jurídico español. Sobre estas bases se gestó el Seminario Internacional "Género, Violencia y Derecho", celebrado en Málaga en el mes de mayo de 2007, del que provienen la mayoría de los trabajos que aquí se reúnen, así como la interesante relación de debates que cierra la obra Violencia en la familia Mujeres maltratadas Laurenzo Copello, Patricia dir Maqueda Abreu, María Luisa dir Rubio Castro, Ana dir Alternativa (Tirant lo blanch)