Descripción del título

Esta obra, que escribió Heck para la divulgación en los medios universitarios de sus ideas sobre el método jurídico, va dirigida fundamentalmente a mostrar el contraste entre la jurisprudencia conceptual y la jurisprudencia de intereses, en orden a tres problemas capitales: relación causal de los elementos del Derecho, actividad del juez en sus decisiones y construcción de la ciencia jurídica. En el primer aspecto muestra cómo la jurisprudencia conceptual consideraba los conceptos científicos generales como conceptos causales fundamentales del Derecho, es decir, como causa de las normas jurídicas, y, por tanto, indirectamente, de su eficacia vital. Así, por ejemplo, del concepto de la obligación como vínculo personal se derivó la ilicitud de su cesión, y de la concepción del nacimiento de la obligación en los documentos a la orden y al portador, como contrato o como promesa unilateral, se deduce la situación del adquirente. Para la jurisprudencia de intereses, en cambio, los preceptos jurídicos son históricamente anteriores a su ordenación en los conceptos generales, la que los preceptos tienen su origen en las necesidades vitales. No es el concepto quien crea el Derecho, sino el interés, el fin
Monografía
monografia Rebiun30258970 https://catalogo.rebiun.org/rebiun/record/Rebiun30258970 220113s2021 chl 000 0 spa d 9789567799046 UCAR 991008264959404213 UPVA 998575080003706 UAM 991008174087804211 UPM 991006162541604212 CBUC 991009810336306719 CBUC 991003727331506714 CBUC 991000949302906712 CBUC 991010922134106709 CBUC 991013303904906708 UCAR 991008438435304213 ES-AcoU glg Heck, Phillip Jurisprudencia de intereses Phillip Heck Santiago de Chile Ediciones Jurídicas Olejnik 2021 Santiago de Chile Santiago de Chile Ediciones Jurídicas Olejnik 83 p 23 cm 83 p Biblioteca de Filosofía del Derecho Esta obra, que escribió Heck para la divulgación en los medios universitarios de sus ideas sobre el método jurídico, va dirigida fundamentalmente a mostrar el contraste entre la jurisprudencia conceptual y la jurisprudencia de intereses, en orden a tres problemas capitales: relación causal de los elementos del Derecho, actividad del juez en sus decisiones y construcción de la ciencia jurídica. En el primer aspecto muestra cómo la jurisprudencia conceptual consideraba los conceptos científicos generales como conceptos causales fundamentales del Derecho, es decir, como causa de las normas jurídicas, y, por tanto, indirectamente, de su eficacia vital. Así, por ejemplo, del concepto de la obligación como vínculo personal se derivó la ilicitud de su cesión, y de la concepción del nacimiento de la obligación en los documentos a la orden y al portador, como contrato o como promesa unilateral, se deduce la situación del adquirente. Para la jurisprudencia de intereses, en cambio, los preceptos jurídicos son históricamente anteriores a su ordenación en los conceptos generales, la que los preceptos tienen su origen en las necesidades vitales. No es el concepto quien crea el Derecho, sino el interés, el fin Derecho- Filosofía Biblioteca de filosofía del derecho (Olejnik)