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"A quien perturbe el orden ...
"A quien perturbe el orden público le caerá el rigor de las penas, hasta la de muerte". Aproximaciones al tratamiento de la pena capital en el Río de la Plata en la década de 1820.
2012

At the end of 1823, the governor Bernabé Araoz, exiled in the city of Salta, wassentenced to death by the House of Representatives of San Miguel de Tucumán. Thepresbyter José Manuel Moure, then president of the House of Representatives askeda commission of ecclesiastics integrated by Diego León Villafañe (Jesuit), PedroMiguel Aráoz and José Agustín Molina to express their opinions about death penalty.The clergy, a central player within the colonial social context, suffered a change in itsrole when a new kind of relationship between the Church and the new emerging powersstarted to be outlined in the Revolution period. As a result, the new governmentsbegan to appropriate the specific spaces of the clergy such as the pulpit, and at thesame time, the latter took part of the political public spaces.From governor Araoz's particular case, this article deals with the death penalty debatein secular and ecclesiastical spheres in order to show some features of the political andthe religious relationship after the Revolution period. As a consequence, it will takeinto account the theoretical and juridical tools the commission of ecclesiastics used tosupport the application of capital punishment

A finales de 1823, la Sala de Representantes de San Miguel de Tucumán, dispuso la aprobación del decreto de pena de muerte para el gobernador Bernabé Aráoz, exiliado en la vecina ciudad de Salta. El entonces presidente de la Sala, el Presbítero JoséManuel Moure, acudió a la formación de una comisión de eclesiásticos integrada por Diego León Villafañe (Jesuita), Pedro Miguel Aráoz y José Agustín Molina, para quese expresaran sobre el tema.Es a partir de este caso particular que nos preguntamos a cerca de la discusiónsobre la pena de muerte, tanto en ámbito laico como eclesiástico; y de que manera este acontecimiento nos revela algunos rasgos de la relación entre "lo político" y lo religioso después de la revolución. Nos interesa indagar sobre las herramientas teóricas y jurídicas con las que se contaba en la época, para promulgarse sobre lamateria. Abordar la decisión de la aplicación de la pena de muerte -en este caso a Bernabé Aráoz- desde un aspecto político jurídico eclesiástico, partiendo del hecho de que es una comisión eclesiástica la que finalmente avala la decisión.El clero fue uno de los actores fundamentales dentro del entramado social colonial. Este rol principal sufrió algunas modificaciones a partir de mayo de 1810, cuando la revolución empezó a delinear una nueva forma de relación entre la Iglesia y los individuos que la componían, y los nuevos poderes emergentes.La revolución y los nuevos gobiernos comenzaron a apropiarse de espacios específicosdel clero, como el púlpito, al tiempo que éstos participaban de espacios políticos cadavez más "públicos"

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Título:
"A quien perturbe el orden público le caerá el rigor de las penas, hasta la de muerte". Aproximaciones al tratamiento de la pena capital en el Río de la Plata en la década de 1820. [ electronic resource]
Editorial:
2012
Tipo Audiovisual:
Clero
pena de muerte
leyes
Rio de la Plata
Clergy
death penalty
laws
Documento fuente:
Anuario de historia regional y de las fronteras, ISSN 2145-8499, Vol. 17, Nº. 1, 2012 (Ejemplar dedicado a: Anuario de Historia Regional y de las Fronteras), pags. 109-134
Nota general:
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Lengua:
Spanish
Enlace a fuente de información:
Anuario de historia regional y de las fronteras, ISSN 2145-8499, Vol. 17, Nº. 1, 2012 (Ejemplar dedicado a: Anuario de Historia Regional y de las Fronteras), pags. 109-134

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