Descripción del título

La práctica reciente de nuestros tribunales pone de relieve interpretaciones ambiguas en torno a los efectos jurídicos de los dictámenes emanados de los órganos de control de los tratados de derechos humanos, cuestión que tampoco encuentra una respuesta uniforme en la doctrina. Es sabido que con carácter general se ha negado el valor jurídico vinculante de estos dictámenes hasta que la STS 1263/2018, de 17 de julio, afrontó la problemática del cauce para hacer efectivas las recomendaciones de esos dictámenes. En la búsqueda de soluciones, de un lado, se ha intentado dotar de efectividad a estos dictámenes a través de un recurso de revisión equiparando por tanto el valor de estos con las sentencias del TEDH, una puerta que sin embargo el TS ha cerrado definitivamente toda vez que en la actualidad nuestro ordenamiento jurídico solo atribuye a las sentencias de aquel tribunal internacional la condición de título habilitante para un recurso de revisión contra una resolución judicial firme.
Analítica
analitica Rebiun37104172 https://catalogo.rebiun.org/rebiun/record/Rebiun37104172 ES-HmUAN 250331s2024 esp|||p|r s0 |spa d UAN0143947 UAN De nuevo sobre el valor de los dictámenes de los comités de derechos humanos como presupuesto habilitante para reclamar la responsabilidad patrimonial del Estado Texto impreso] : comentario a la STS 1597/2023 de 29 de noviembre = Once again on the value of the decisions of human rights commitees as an enabling presupposition for claiming the state's patrimonial liability : commentary on the sentence of the Spanish Supreme Court 1597/2023 of november 29 Beatriz Vázquez Rodríguez. Este artículo se encuentra disponible en su edición impresa. Los datos para su localización están accesibles a través del enlace al título de la publicación. La práctica reciente de nuestros tribunales pone de relieve interpretaciones ambiguas en torno a los efectos jurídicos de los dictámenes emanados de los órganos de control de los tratados de derechos humanos, cuestión que tampoco encuentra una respuesta uniforme en la doctrina. Es sabido que con carácter general se ha negado el valor jurídico vinculante de estos dictámenes hasta que la STS 1263/2018, de 17 de julio, afrontó la problemática del cauce para hacer efectivas las recomendaciones de esos dictámenes. En la búsqueda de soluciones, de un lado, se ha intentado dotar de efectividad a estos dictámenes a través de un recurso de revisión equiparando por tanto el valor de estos con las sentencias del TEDH, una puerta que sin embargo el TS ha cerrado definitivamente toda vez que en la actualidad nuestro ordenamiento jurídico solo atribuye a las sentencias de aquel tribunal internacional la condición de título habilitante para un recurso de revisión contra una resolución judicial firme. Responsabilidad patrimonial del Estado Tratados internacionales Tribunal Supremo Dictámenes de los comités de derechos humanos State liability International treaties Supreme Court Human rights committees' decisions Revista española de derecho internacional . -- 2024, v. 76, n. 2, julio-diciembre, p. 307-323 Revista española de derecho internacional . -- 2024, v. 76, n. 2, julio-diciembre, p. 307-323