Descripción del título

El Derecho penal del Estado moderno fue un derecho esencialmente territorial, al modo de la moneda nacional. Pero la vida contemporánea desde los albores del siglo XX ha sido sacudida por poderosos factores de la internacionalización, las más de las veces en la forma de las guerras, a las que han seguido intentos de someter al Derecho en general y también al Derecho penal a los agentes estatales, además de a los ciudadanos en particular. Hoy en día, además, los factores contemporáneos de la globalización económica, sin la barrera de las fronteras y las leyes, se acompañan por las propuestas de quienes reclaman y persiguen el que la globalización respete y se rija por los principios de los Derechos humanos, tanto políticos como sociales. En el tiempo anterior a la primera Guerra Mundial sólo encontramos tres manifestaciones del Derecho penal internacional: la proscripción de la piratería y su confi guración como delito internacional perseguible por todos y en cualquier lugar, a partir de Tratado de Utrecht en 1712, la lucha contra la trata de blancas desde 1904 y las primeras convenciones relativas al Derecho de la guerra desde el Tratado de la Haya de 1899 y especialmente de 1907. En la esfera de las propuestas resulta muy notable el proyecto de estatuto para una Corte penal internacional presentado por el fundador de la Cruz Roja Gustavo Moyner en la temprana fecha de 1864
Monografía
monografia Rebiun16353348 https://catalogo.rebiun.org/rebiun/record/Rebiun16353348 100112s2009 sp 000 0 spa d 638811379. 708259349 9788498766394 8498766397 ESALI u485094 SPUDB .b12236147 ESLEO .b16135970 ULPGC0584758 UCLM0677734 UCA (235444) UDE 991002258679703351 UM0534100 ULL0430927 UPCO0393300 ICAB0068503 UCN0316422 CBUC 991014269169706706 CEPC0130210 ESUDE. spa. ESUDE. OCL. ZZAND. SPUDB. BNM. MXSCJ 343.2 343(100) 341.77 C153 21 Los caminos de la armonización penal dirigido por Mireille Delmas-Marty, Mark Pieth, Ulrich Sieber ; presentación de Luis Arroyo Zapatero ; coordinación de la obra francesa, Juliette Lelieur ; coordinación de la versión española, Marta Muñoz de Morales Romero Valencia Tirant lo Blanch 2009 Valencia Valencia Tirant lo Blanch 563 p. 23 cm 563 p. Teoría n El Derecho penal del Estado moderno fue un derecho esencialmente territorial, al modo de la moneda nacional. Pero la vida contemporánea desde los albores del siglo XX ha sido sacudida por poderosos factores de la internacionalización, las más de las veces en la forma de las guerras, a las que han seguido intentos de someter al Derecho en general y también al Derecho penal a los agentes estatales, además de a los ciudadanos en particular. Hoy en día, además, los factores contemporáneos de la globalización económica, sin la barrera de las fronteras y las leyes, se acompañan por las propuestas de quienes reclaman y persiguen el que la globalización respete y se rija por los principios de los Derechos humanos, tanto políticos como sociales. En el tiempo anterior a la primera Guerra Mundial sólo encontramos tres manifestaciones del Derecho penal internacional: la proscripción de la piratería y su confi guración como delito internacional perseguible por todos y en cualquier lugar, a partir de Tratado de Utrecht en 1712, la lucha contra la trata de blancas desde 1904 y las primeras convenciones relativas al Derecho de la guerra desde el Tratado de la Haya de 1899 y especialmente de 1907. En la esfera de las propuestas resulta muy notable el proyecto de estatuto para una Corte penal internacional presentado por el fundador de la Cruz Roja Gustavo Moyner en la temprana fecha de 1864 Derecho penal Derecho penal- Países de la Unión Europea Derecho penal- Unificación internacional. embne Armonización legislativa- Derecho penal- Legislación Corte Penal Internacional- Trata de personas Terrorismo- Países de la Unión Europea Derecho penal Delmas-Marty, Mireille dir Pieth, Mark dir Sieber, Ulrich dir Arroyo Zapatero, Luis pr Lelieur, Juliette coord Muñoz de Morales Romero, Marta coord Teoría (Tirant lo Blanch) n